4/11/2013

F6. Quién cumple la Ley del Salario Mínimo en Guatemala?


Por Luis F. Hernández
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En Guatemala, hay un bajo nivel de cumplimiento de la Ley del salario Mínimo por el sector privado, donde es obligatoria. Por el contrario, su cumplimiento es alto en el gobierno, donde la ley no es obligatoria, según se entiende de la pobre redacción de la Ley. En este sentido el gobierno es mucho mejor patrono que el sector privado.

Usando la ENEI 2012 en el sector privado, se estima en tan sólo el 32% de trabajadores gana más que el salario mínimo (sin considerar el bono incentivo), mientras que en el gobierno, el cumplimiento es del 96%. El sector privado también es el único que contrata el trabajo infantil. 











Para el sector privado, esta tabla refleja un bajo cumplimiento del salario mínimo, en especial para trabajadores infantiles, donde solo 2% sobrepasa el mínimo. De este grupo, 12% son analfabetas, lo cual refleja un alto nivel de explotación, deficiencia y discriminación del Código de Trabajo al consentir el trabajo infantil y no regular bajo que condiciones que no afecten su desarrollo podría permitirse el mismo. El nivel de cumplimiento del salario mínimo es bajo para el resto de trabajadores de mayor edad, en especial para aquellos con 70 años o más, donde sólo un 11% recibe el salario mínimo.

Comúnmente, el sector privado argumenta que el problema de la informalidad del sector privado afecta el cumplimiento de las leyes, lo cual parece ser cierto en parte como se muestra en la siguiente tabla. El mayor nivel de incumplimiento es en pequeñas firmas de entre 2 a 10 trabajadores (80.3% de la PEA privada),   donde tan sólo el 26.4% gana más que el salario mínimo. Para firmas de mayor tamaño entre 11 y 40 trabajadores, el cumplimiento esta entre un 77 a un 81% del salario mínimo, y con un mayor cumplimiento para aquellos que están en firmas entre 41 a 50, y de más de 50 trabajadores, con un 85% y 93% respectivamente.














Esta tabla revela que el cumplimiento del salario mínimo es más bajo en firmas pequeñas de 10 o menos trabajadores, sin embargo, aún existe informalidad en firmas medianas y grandes, aunque en menor escala. Si se incluyera el bono incentivo, estos porcentajes son menores.

La Ley del salario mínimo y el Código de Trabajo debieran de considerar que muchas firmas, en especial las micro no cumplen la ley porque no pueden, más sin embargo que firmas grandes tienen una mayor capacidad del pago, y pese a ello no la cumplen.  También la ley se incumple por la poca o nula presencia del Ministerio de Trabajo, el desconocimiento de la ley y por sus multas irrisorias.

De esto, pareciera que la discusión de la fijación del salario Mínimo en el congreso no pasa más de ser un show político de las partes, ya que la ley no se cumple, y sólo la cumple quien quiere y puede.

Para finalizar, la Ley del Salario mínimo y el Código de trabajo parecen no ser efectivos en su roll de proteger a los más pobres, en especial los niños, y de representar más los intereses de los patronos, que de los trabajadores, lo cual es contrario a su espíritu (si es que tiene). Por lo anterior, debiera de considerarse su rediseño y-o sustitución parcial o total por transferencias condicionadas al trabajo de adultos y no infantil de los hogares más pobres.




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